El proyecto de decreto LASolar promueve la diversificación de la matriz energética y simplifica los trámites de licenciamiento ambiental ante la ANLA para proyectos de energía solar fotovoltaica con capacidad entre 10 y 100 MW.

La Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y  el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible presentaron para consulta ciudadana el proyecto de decreto LASolar. Esta iniciativa apuesta por racionalizar ante la ANLA los trámites de licenciamiento ambiental de proyectos fotovoltaicos con capacidad instalada entre 10 y 100 megavatios (MV), siempre que cumplan con unas condiciones técnicas, ambientales y territoriales dispuestas por el decreto.  Esto plantea preguntas cruciales: ¿por qué la iniciativa se concentra en la energía solar?, ¿qué ocurre con las demás fuentes renovables?, ¿qué tipo de reducción de tiempos se propone?

Hay varios factores que explican la priorización de esta fuente de energía renovable no convencional. Primero, según el documento “Resiliencia energética: acciones para la entrada en operación de proyectos de generación FNCER”, elaborado por la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), dentro de los 256 proyectos contemplados en la Estrategia 6GW, la energía solar fotovoltaica constituye la fuente prevalente entre las Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER), con un 85% del total de proyectos, representando el 76% de la capacidad instalada proyectada al año 2026. Segundo, la memoria justificativa del decreto destaca que el marco normativo actual no  distingue entre proyectos solares  según su escala o sensibilidad ambiental del territorio, aplicando los mismos estándares o filtros para proyectos de bajo y alto impacto. Tercero, la energía solar, además de ser inagotable, genera impactos mínimos: no emite gases contaminantes, no requiere grandes cantidades de agua, ni contribuye significativamente al cambio climático. Su operación es estable, con baja necesidad de mantenimiento y vida útil prolongada. Sin embargo, enfrenta limitaciones como las inversiones significativas en tecnología y la considerable oferta de hidroelectricidad, que  limitan su competitividad. Esos factores son decisivos  para generar incentivos regulatorios y económicos que estimulen su adopción. 

Con relación a los tiempos, la memoria justificativa explica que actualmente el proceso completo para obtener licencia para un proyecto de energía solar puede tomar hasta 280 días, con 80 días en promedio de gestión dentro de la autoridad ambiental. Ese cálculo excluye suspensiones asociadas a la etapa de Consulta Previa, que es competencia del Ministerio del Interior. Con el procedimiento propuesto por LASolar, se pretende reducir los tiempos a 175 días en total, con solo 45 días de gestión ante la ANLA. La reducción significativa en tiempos se observa en la fase de elaboración y entrega del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), que pasaría de 180 días a 60 días. Esta simplificación no debilita la protección ambiental o el rigor técnico, que se espera de entidades como la ANLA. Por el contrario, es consecuencia de un rediseño institucional que permite ganar eficiencia sin perder rigor. De tal modo, para efectos de elaborar el EIA, la ANLA entregará al solicitante un diagnóstico con información técnica esencial (geología, clima, uso del suelo), que antes debía ser recolectada directamente por el desarrollador.  También se elimina  la caracterización en dos temporadas climáticas, por lo que el interesado podrá usar información secundaria validada. Igualmente, otras variables no serán necesarias porque este tipo de proyectos se consideran de bajo impacto. 

Ahora bien, con respecto a las competencias de las corporaciones autónomas regionales-CAR-, este acto del ejecutivo no las restringe. Estas conservan la facultad para licenciar proyectos fotovoltaicos con  capacidad instalada entre 10 y 50 MW  que no cumplan con los requisitos de LASolar, conforme con el artículo 2.2.2.3.2.3 del Decreto 1076 de 2015, modificado por el Decreto 852 de 2024.  Asimismo, las CAR mantienen su competencia para conceder los permisos, autorizaciones y concesiones relativas al uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables en proyectos con capacidad inferior a 10MV.

El proyecto de decreto LASolar, que promueve la diversificación de la matriz energética,  hace parte de las iniciativas impulsadas por el gobierno para cumplir con la  Estrategia Climática de Largo Plazo de Colombia (E2050), lanzada en el marco de la COP26 desarrollada en 2021 en Glasgow, con la que se persigue llevar al país a ser carbono neutral y resiliente al clima.  Esta iniciativa normativa no es, entonces, un simple ajuste procedimental, sino un eslabón clave en la arquitectura jurídica que busca transformar el modelo energético del país con criterios de eficiencia, sostenibilidad y equidad territorial.