Este derecho se encarga de brindarle al inversionista un marco claro y previsible en el estado anfitrión de la inversión, mediante los estándares de protección a la inversión, además de ofrecerle al inversionista la posibilidad de iniciar de manera directa un procedimiento arbitral internacional en contra del estado huésped de la inversión.
El instrumento por excelencia para plasmar eso marco de estándares son los acuerdos internacionales de inversión -AII- ya sean bilaterales o multilaterales. A la fecha, según la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Comercio y el Desarrollo -UNCTAD- se registran 3231 instrumentos, de los cuales 2575 están vigentes. La celebración de estos tratados tuvo su mayor apogeo en la década de los 90, como consecuencia del Consenso de Washington que impuso varias condiciones a los estados en desarrollo, entre ellas, la liberalización de sus economías y la celebración de acuerdos internacionales para brindar garantías a los inversionitas extranjeros.
A través de los AII los estados establecen los contornos que delimitan la protección a la inversión extranjera y los límites al consentimiento que los estados ofrecen para solucionar controversias. La negociación de esos tratados sigue mostrando una evolución significativa del régimen de tratados de inversión extranjera. Varios aspectos han propiciado que los estados sean mucho más conscientes de las implicaciones que hay en la negociación de estos instrumentos internacionales, entre esos aspectos tenemos:
- La tensión regulatoria entre la protección de los intereses de contenido particular e intereses públicos, como la salud pública, la seguridad nacional y la protección al medio ambiente.
- Los constreñimientos a la libertad de regulación de los estados debido a que los tribunales internacionales se pronuncian sobre intereses públicos sensibles y sobre el engranaje interinstitucional alrededor de las medidas cuestionadas.
- Las repercusiones que puede tener una reclamación exitosa en la estabilidad macro económica de un país, ya que hay demandas que pueden superar el billón de pesos.
- Las asimetrías en términos de derechos y obligaciones entre los estados e inversionistas. En estos tratados los estados son los principales sujetos obligados en beneficio de un tercero no parte del tratado.
- La falta de coherencia y consistencia de algunas decisiones que sin esgrimir razones de peso se apartan de anteriores decisiones que comparten supuestos de hecho y de derecho similares, creando inseguridad jurídica en el sistema y suscitando lo que ha sido denominado como una crisis de legitimidad.
Si estás interesado en conocer un poco más sobre las provisiones que se negocian en estos AII, con especial énfasis en el estándar de trato justo y equitativo y la cláusula de solución de diferencias de controversias inversionista- Estado, así como los principales logros de Colombia en arbitraje de inversión, te invito a ver el siguiente video: